NO ENTIENDO NADA DE NADA!!!
A ver,
El gobierno publica una orden, esta procede del Real Decreto-ley 11/2020 del 31 de marzo. La orden en cuestión viene a aclarar que actividades (primera condición) pueden acogerse a la moratoria de cotizaciones a la Seguridad Social, esto significa (por aclarar) que hay una serie de actividades que pueden acogerse a NO liquidar, por ahora, la cuota de Autónomos. Los incluidos en la lista podrán liquidar los Autónomos mas tarde.
Wau! que bien, una ayuda que parece buena, porque los Autónomos afectados pueden tener más liquidez durante seis meses!!!! Entre las actividades están las famosas peluquerías y salones de belleza. (JA!)
¿Sabéis cuales la otra condición?? Pues QUE ESTAS ACTIVIDADES NO SE ENCUENTREN SUSPENDIDAS A CAUSA DEL ESTADO DE ALARMA QUE SE PUSO EN MARCHA EL PASADO 14 DE MARZO!!!!
Un inciso, si se quiere pedir una aplazamiento se puede hacer, pero con intereses.
Y ahora que cada uno piense que significa todo esto.